sábado, 31 de diciembre de 2011

PROFETA EN SU TIERRA...Y EN LA AJENA...


Augusto Cesar Sandino nacio en Niquinohomo, Nicaragua en 1893, minero de profesion, participo de la guerra civil como jefe del Partido Liberal. Terminada la lucha contra los conservadores, Sandino se nego a deponer las armas hasta que las tropas estadounidenses evacuaran Nicaragua. En 1929 busco la mediacion del presidente argentino Hipolito Yrigoyen para dar una salida pacifica al conflicto. Finalmente, sus ataques guerrilleros provocaron la retirada estadounidense en 1933. Un año despues, mientras sostenia conversaciones de paz, fue asesinado por la Guardia Nacional comandada por el General Anastasio "Tacho" Somoza, hombre de confianza de Washington.

Loa avances de Estados Unidos en el continente no eran bien vistos por Yrigoyen. Quiza por eso, Augusto Cesar Sandino lo eligio para encabezar una cruzada latinoamericana. El 20 de Marzo de 1929 le escribio sugiriendole que mediara para afianzar "la independencia de nuestras 21 republicas indohispanas y la amistad de nuestra America racial con los Estados Unidos sobre la base de la equidad". Sandino proponia "a los gobiernos latinos de America y de los Estados Unidos la celebracion de una Conferencia en Buenos Aires entre los representantes de toda America y yo, como representante del ejercito autonomista". Le encargaba su convocatoria a Yrigoyen y esperaba tener "el honor" de ponerse "bajo la bandera Argentina"...

Como en la reforma universitaria para Mexico y Peru, como con YPF para Brasil y Bolivia, como en la Sociedad de Naciones para toda europa, otra vez la accion de nuestro maximo prohombre, trasciende fronteras, para ser referente internacional en avances y menesteres economicos, sociales, beligerantes, politicos, civicos y sociales...

domingo, 25 de diciembre de 2011

"ECONOMY FOR DUMMIES"...


"La gran depresion mundial creo problemas economicos y monetarios muy serios y en nuestro pais destruyo por completo el regimen monetario creado en el siglo pasado.
Me refiero al regimen de la caja de conversionque consistia en recibir oro y emitir billetes y canjear billetes por oro a una paridad fija. Funcionaba bien cuando entraba oro en el pais; y eramos muchos los que creiamos en las bondades de ese regimen (...)

Como joven economista a cargo de la Direccion de Investigaciones del Banco de la Nacion, escribi en el año 1929 un informe defendiendo el regimen de la Caja de Conversion. El informe llego a manos del presidente Hipolito Yrigoyen, que estaba sujeto a muchas presiones para que cerrara la Caja a fin de establecer la inconvertibilidad de la moneda Argentina. Termino por hacerlo y esto me demostro, años despues, que a veces los hombres politicos ven las cosas mejor que los economistas, porque sin esa medida se hubiera vaciado el oro del pais debido a la gran depresion (...)

Quienes vieron en esa medida y en las demas referentes a los bancos un experimento comunista o un agente de inflacion se equivocaron; no hubo por entonces inflacion en el pais como lo hubo en la mayor parte de los paises latinoamericanos en esa misma epoca (...)"

Raul Prebisch 
(Primer Gerente General del Banco Central en 1935, director de la CEPAL, asesor del presidente Raul Alfonsin y director de la revista de economia de la CEPAL)

viernes, 23 de diciembre de 2011

"EL HOMBRE"


Nunca se dio en la historia Argentina otro caso con el que protagonizo Hipolito Yrigoyen, una personalidad que entro en la leyenda antes del triunfo. Una cantidad de expresiones señalaban, antes de 1916, la figura del caudillo radical con las connotaciones de una jerarquia superior : desde payadas y canciones que exaltaban sus virtudes, hasta semblanzas y testimonios que intentaban definirlo. Pero el propio Yrigoyen no facilitaba esta publicidad ; por el contrario, huia de ella al punto que fueron escasisimas las fotografias que en esa epoca pudieron tomarle los "reporteros".

En 1916 Yrigoyen tenia sesenta y cuatro años, aunque su piel ligeramente cetrina, sin arrugas, y su pelo renegrido disimulaban su edad. Muy alto, todavia esbelto, con un bigote ralo, todos los testimonios coinciden en atribuirle un raro encanto y un poder de seduccion infrecuente. Era un hijo de vasco frances que ejercio diversos oficios y de una hermana de Leandro Alem. Hizo estudios de derecho pero nunca ejercio la abogacia. Lanzado a la politica desde muy joven, de la mano de su tio, fue diputado provincial y luego diputado provincial en 1880-1882. Durante la hegemonia de Roca se alejo de la politica militante, dedicandose a la actividad agropecuaria : era criador e invernador, primero arrendando campos en la provincia de Buenos Aires y luego adquiriendolos. Al mismo tiempo daba clases de filosofia en la Escuela Normal de Mujeres, en el viejo edificio que todavia se conserva en Cordoba y Riobamba : era un adepto al krausismo, una corriente filosofica que cundio por aquellos años en España y que modelo la ideologia del caudillo radical con un sentido principista y una clara definicion de la funcion de los "organismos intermedios" en la vida social.

miércoles, 14 de diciembre de 2011

DE LO QUE PUDO SER Y NO FUE...

En epocas en que la republica tenia augurios de proyeccion en lo economico, politico y social similares a los de Canada y Australia, el Poder Legislativo, durante la 1º presidencia de Yrigoyen, aun en manos conservadoras, se daba el "lujo" de rechazar de cuajo proyectos de ley elevados por el Poder Eejecutivo como siguen...

  • Plan de Defensa Santiaria
  • Potabilidad de las aguas de consumo
  • Reorganizacion de la Justicia de Paz
  • Ampliacion de los servicios de maternidad de la Sociedad de Benficencia
  • Creacion de la Marina Mercante Nacional
  • Oposicion de nuevas concesiones ferroviarias, a manos de capitales extranjeros
  • Abaratamiento de la vivienda
  • Ley organica del Ejercito
  • Creacion de establecimientos penales
  • Creacion del Banco de la Republica
  • Prohibicion a los funcionarios publicos de contratar con el Estado
  • Provincializacion de Chaco, Misiones y la Pampa
  • Hora oficial legal
  • Venta y explotacion de aguas minerales, en manos del estado
  • Prestamos para edificacion
  • Servicio meteorologico
  • Censo ganadero
  • Cooperativas agricolas
  • Ley organica del Petroleo
  • Salario minimo, vital y movil
  • Fomento y colonizacion agricolo-ganadero
  • Regimen de la caza y la pesca maritima
  • Jubilacion de empleados bancarios
  • Casas economicas para personal policial
  • Impuesto temporario a la exportacion, destinado a obras de utilidad y dar trabajo a los desocupados
  • Ley de consecion de astilleros navales
Por suerte, muchas de ellas fueron promovidas mediante decretos ley, cuando estos eran de utilizacion vital en aras del progreso de la republica, y no un mero cliche o detentacion espuria y antietica de poder...

domingo, 11 de diciembre de 2011

DE NAVEGACIONES Y PUERTOS...






Navegacion de los rios de La Plata, Parana y Uruguay
Buenos Aires, agosto 4 de 1920
Al Honorable Congreso de la Nacion:

La navegacion de ultramar, en su moderna tendencia a aumentar la capacidad de cada elemento de transporte, como condicion indispensable para obtener fletes economicos, ha venido a colocar en una situacion de inferioridad las rutas navegables que dan acceso a los puertos situados situados en los rios Parana y Uruguay, cuya profundidad determinante, segun lo establece las Leyes Nros. 4120 y 3885 se han mantenido en 6.40 m. (21`) y 5.80 m. (19`) respectivamente, en aguas bajas ordinarias, siendo asi que en las condiciones actuales de la marina mercante el porcentaje de buques de tal calado es minimo.

El gobienro, cumpliendo las leyes citadas en todas sus partes y con los recursos que anualmente asigna al presupuesto administrativo, ha podido mantener expedita la ruta para los buques de ese calado, mediante la accion de sus dragas mejorando aun mas sus condiciones de navegabilidad para permitir el acceso en aguas altas de buques hasta de 7.00m. (23´) de calado con el tonelaje de registro de 2.600 toneladas.

Buques de este porte se construyen en la actualidad en muy escaso numero, prefiriendose por razones elementales, aumentar su capacidad para disminuir el costo de la unidad transportada.

Los estudios realizados por la Direccion General de Navegacion y Puertos demuestran la posibilidad tecnica de profundizar los canales de acceso a los puertos situados aguas abajo del Puerto de Rosario, o sea: Villa Constitucion, San Nicolas de Ramallo, Obligado, San Pedro, Zarate y Campana en el rio Parana y al de Concepcion del Uruguay en este ultimo rio. Al propia tiempo, se comprueba por aquellos estudios la conveniencia economica de realizar las mejoras en ellos proyectadas, cuya importancia y trascendencia quedan puestas de manifiesto al comprobar que la situaciuon actual de los canales de acceso origina en un mayor gasto anual de veinbte millones de pesos concepto de fletes mientras la realizacion de la obra solo exigiria un gasto inicial de cuatro millones, sumas que pueden ser atendidas ampliamente con los derechos de entrada, permanencia y muelle a los puertos de la Republica propuestos al presentar a Vuestra Honorabilidad el proyecto de presupuesto a regir al corriente año.
La obra, como se explica en documentos acompañados, puede ser realizada con los elementos con que cuenta la Direccion General de Navegacion y Puertos en un plazo de dos años siempre que Vuestra Honorabilidad acuerde los recursos para atenderla o sea por 2.000.000 moneda nacional, por año en concepto de construccion durante dos años.

Estas razones, suficientes a juicio del Poder Ejecutivo, para demostrar la conveniencia  de llevar a la practica la obra, que por su indole e importancia esta llamada a influir en el progreso de la Nacion, fundamentan el proyecto de ley que tengo el honor de someter a la consideracion de V. Honorabilidad.
Hipolito Yrigoyen

Reconstruccion del Puerto de la Plata
Buenos Aires, 5 de Agosto de 1920
Al Honorable Congreso de la Nacion:

El puerto de la Plata, obra construida por la Provincia de Buenos Aires, fue transferido por Ley Nª 4436 al gobierno de la Nacion en el año 1904, mediante el pago de la suma de $ 26.979.221,70 m/n, en cuyo importe esta comprendido el de varias extensiones de terreno acordadas a empresas o detentadas por particulares.

Nada consta en la documentacion de este negociado sobre el estado en que el gobierno de la Nacion recibio dicho puerto, ni en la discusion parlamentaria, que precedio a la sancion de la ley, no se menciono siquiera este dato de fundamental importancia: si el valor del bien publico adquirido, teniendo en cuenta suis condiciones constructivas y su estado de conservacion, respondia o no al importe pagado.
Cumplidos apenas diez años de explotacion por el Gobierno de la Nacion y despues de haber invertido la suma de $ 4.696.684,53 m/n, en diversas obras tendientes a su mejor explotacion, se produjo un primer derrumbamiento de una extension del muelle del Gran Dock, accidente, que se ha repetido recientemente, quedando asi inutilizadas para el servicio publico dos secciones de 120 metros lineales cada una, de muro de atraque. Un estudio prolijo llevado a cabo por las oficinas asesoras del Ministerio de Obras Publicas evidencia que las causas determinantes de este desastre estriban en deficiencias del plan consturctivo y en la pesima calidad de los materiales y de la mano de obra empleados, agravadas estas causas por los trabajos de profundizacion realizados para permitir la explotacion racional del puerto. Al propio tiempo el examen de los muros que quedan en pie demuestra que sus condiciones de estabilidad son precarias, estando expuestas a las mismas contingencias que las secciones derrumbadas.

Es necesario en consecuencia proceder no solo a la reconstruccion de la parte destruida sino adoptar de inmediato medidas preventivas para impedir un desastre total; ambos trabajos han sido motivo de diferentes proyectos, adaptandose en definitiva como mas eficaz y economico el aconsejado por la Direccion General de Navegacion y Puertos, cuyos planos se acompaña y que importa la suma total de $4.188.657,56 0/s, erogacion que es indispensable realizar para conseguir que aquel puerto de ultramar donde la Nacion ha gastado ya cerca de treinta y dos millones de pesos m/n, subsista como tal.
Llevando a la practica el nuevo proyecto , el pais contara con un puerto mas de aguas hondas, pues quedaria aumentada su profundidad en forma de permitir el acceso de buques de 9.17 m de calado.

Aun cuando el programa de estricta economia que las circunstancias financieras imponen hacen extremadamente gravoso este gasto, los intereses creados en aquella localidad, con la radicacion de establecimientos industriales frigorificos, elevadores de granos, etcetera., exigen que la Nacion lleve a cabo este nuevo sacrificio para salvar errores del pasado y evitar males mayores en el futuro; con tal fin presento a consideracion de Vuestra Honorabilidad el adjunto proyecto de Ley.
Hipolito Yrigoyen

sábado, 10 de diciembre de 2011

DE LOS RECURSOS NATURALES...


Explotacion de las aguas minerales
Buenos Aires, 15 de septiembre de 1919

Al Honorable Congreso de la Nacion;

El poder ejecutivo somete a la consideracion de Vuestra Honorabilidad, un proyecto de ley relativo a la explotacion y distribucion de las aguas minerales existentes en la Republica Argentina, por considerarlo de gran importancia para completar la legislacion relativa a una de las riquezas naturales explotables.
A medida que se adquieran nuevos conocimientos sobre las propiedades terapeuticas de las fuentes naturales de aguas minerales existentes en el pais, se confirma la importancia y el desarrollo que podra alcanzar una explotacion racional y conveniente para los intereses economicos del pais, asi como, para la salud publica.

Esta ley importara ademas el mejor y mayor estudio de ese importantisimo aspecto de las riquezas naturales, llegando al conocimiento de nuestras aguas y de sus propiedades terapeuticas, prestigiandolas a fin de que se conozcan ampliamente e interesen a cuantos necesiten su utilizacion.

Como V. Honorabilidad podra observar, se consultan en sus disposiciones los derechos privados que no signifiquen un desmedro de los mismos, pero supeditandolos, como es logico, a los mas grandes permanentes de la sociedad.

Fuera de esas consideraciones, las peculiaridades que ofrecen la naturaleza y el uso de las aguas minerales, distinguiendolas escencialmente de las substancias que comprende la legislacion minera, obligando a substraerlas de sus preceptos, articulando para aquellas un cuerpo de legislacion propio, que abarque el modo razonable y completo de su explotacion sobre bases completamente establecidas.

Por ello se explica que el legislador no haya incluido las aguas minerales dentro de las explotaciones mineras.

El Poder Ejecutivo ha estudiado y consultado una legislacion especial en la forma que se determina en el adjunto proyecto de ley que tiene el honor de someter y recomendar a la consideracion de Vuestra Honorabilidad.
Hipolito Yrigoyen



Creacion del Banco Agricola Nacional
Buenos Aires, septiembre 29 de 1919
Al Honorable Congreso de la Nacion:

El poder ejecutivo tiene el honor de someter a la consideracion de Vuestra Honorabilidad, el adjunto proyecto de ley, propiciando la creacion de un Banco Agricola Nacional.

Es tal la atencion que el Poder Eejcutivo ha prestado en todo momento al estimulo de la ganaderia y la agricultura, que apenas iniciado su gobierno, en el mes de diciembre de 1916 , al par que, apremiado por la situacion poco halagueña del tesoro publico, arbitraba los recursos indispensables para el equilibrio del presupuesto, requeria de Vuestra Honorabilidad la sancion inmediata de una ley instituyendo el Banco Agricola Colonizador.

Aquella iniciativa no prospero, no obstante los empeños del Poder Ejecutivo y sus reiteradas declaraciones en el seno de ambas Camaras, de estar dispuesto a auspiciar y llevar a la practica, sin dilaciones, cualquier otro proyecto que se sancionara en su substitucion.

Desgraciadamente, el desenvolvimiento de las labores agrarias justifico bien pronto las previsiones del Poder Ejecutivo. Una sola cosacha malograda en algunas zonas de nuestro territorio, la insuficiencia y brevedad del credito bancario corriente, y la ausencia de compradores para los escasos productos obtenidos originaron la crisis que solo pudo conjurar el Poder Ejecutivo, con el reparto oportuno de semillas a los agricultores que carecian de recursos para continuar en sus faenas habituales.
La presencia del Banco Agricola, con la organizacion adecuada del credito que supone, lleva a los trabajadores del campo la posibilidad de movilizar y aprovechar todos sus capitales, sin excluir sus propias energias al amparo de una legislacion previsora que asegura para el esfuerzo perseverante su legitima recompensa.

Ocioso seria pretender demostrar los beneficios de todo orden que reportara para el pais la adopcion de una politica agraria que permita colonizar intensivamente nuestro suelo y radicar en las campañas una poblacion laboriosa alejandola de los centros urbanos donde hoy se concentra.

Convertida en ley la iniciativa del Poder Ejecutivo sobre reformas a la carta organica del Banco Hipotecario Nacional, la colonizacion puede ser abordada de inmediato en los mejores terminos, desde que esta institucion esta facultada para adelantar a los agricultores, con grandes facilidades de pago, hasta el 80% del valor de las tierras que adquieran para su cultivo. Solo Falta, pues, que Vuestra Honorabilidad sancione sin demoras la creacion del Banco Agricola Nacional, para que pueda llevarse a la practica lo que hasta hoy es un anhelo publico.
Hipolito Yrigoyen

lunes, 5 de diciembre de 2011

DE RENUNCIAMIENTOS...


Renuncia a una candidatura de Senador Nacional

Buenos Aires, setiembre de 1912

A la Convencion de la Capital Federal de la Union Civica Radical (1912)

"Siento que Vuentra Honorabilidad, al hacerme el honor de designarme candidato a Senador Nacional no haya tenido presente, para evitarse mayor tarea, las reglas de conducta personal que al respecto he exteriorizado en todas las formas, desde el primer dia de la iniciacion de la obra a la cual he consagrado mi vida. Ellas son tan irrevocables por sus fundamentos que no admiten revision alguna. En consecuencia, Vuestra Honorabilidad dejar debe sin efecto esa sancion y aceptar las expresiones de mi mas profundo reconocimiento "
Hipolito Yrigoyen


Renuncia a la candidatura de la primera Presidencia
Buenos Aires, diciembre de 1915
Honorable Convencion:
En conocimiento de que Vuestra Honorabilidad se ha digando proclamar mi nombre como candidato a la Presidencia de la Republica, cumplo con el deber declinar irrevocablemente tan honrosa designacion, por razones de absoluta identidad con los motivos que determinaron mi actitud publica.

Mi pensamiento no fue jamas gobernar el pais, sino el de la concepcion de un plan reparatorio fundamental al que, segun mi juicio, debi inmolar el desempeño de todos los poderes especiales.

Fue asi que llegada la hora de la prueba e incorporado a sis altas direcciones desde el primer  momento, hice franca y categorica manifestacion del eminente concepto con que debia afronatrse la contienda, dejando constancia a la vez de la resoilucion de no aceptar ninguna representacion gubernativa.
Mi credo, ante todo, ha sido el de un desagravio al honor de la Nacion y al de la restauracion de su vida moral y politica, a cuyo fin me coloque entonces, como siempre, en el plano superior de las abstracciones, asumiendo las actitudes y responsabilidades consiguientes.

Tengo la conviccion de que haria un gobierno ejemplar, pero un gobierno no es nada mas uqe una realidad tangible, mientras que mi apostolado es un pensamiento unico, una espiritualidad que perdura a traves de los tiempos, cerrando un ciclo historico de proyecciones infinitas.

Creo, ademas, que el gobierno que surja de los esfuerzos del pueblo argentino, debe ser por y para la Nacion, en toda la alta significacion de la razon del estado.

En merito de estas consideraciones, persento a Vuestra Honorabilidad mis excusas con la expresion de mi mas profundo reconocimiento"
Hipolito Yrigoyen

Aceptacion de la candidatura a la segunda presidencia
Buenos Aires, marzo 24 de 1928

Señor presidente de la Honorable Convencion Nacional de la Union Civica Radical, Alberto Durand.
"Recibo en este momento la comunicacion del Señor presidente, haciendome saber que la Honorable Convencion de la Union Civica Radical me ha proclamado candidato a presidente de la nacion.

Ante la inminente y solemne expectativa del pueblo argentino, que repercute en todos los ambitos de su territorio con las mas intensas vibraciones civicas, y bien compenetrado de que ellas condensas en suprema uncion todas las idealidades del presente, esperanzas del futuro e infinitas irradaciones de los destinos de nuestra nacionalidad, no puedo menos que inclinarme reverente a tan honrosisima desigancion, que me hace interprete de los mas fervorosos y sagrados anhelos patriotricos.

Presento a la Honorable Convecion mis mas respetuosos y efusivos homenajes"
Hipolito Yrigoyen

sábado, 3 de diciembre de 2011

DE LA GESTA DE LA SOBERANIA NACIONAL ANTE LA SOCIEDAD DE LAS NACIONES



  


Hoy 4 de Diciembre, se cumple un aniversario mas de la mas digna y honrosa gesta diplomatica que la historia de las relaciones exteriores argentinas tengan conocimiento...


La delegación argentina ante la Liga de las Naciones - siguiendo las instrucciones de Yrigoyen -, se retira de la misma por no respetarse el concepto de igualdad de todas las naciones

 Desde el primer momento un concepto claro sobre lo que debia ser la liga...


 "Una de la grandes conquistas morales de qeu se podia beneficiar la humanidad esta contenida en la creacion de la Liga de las Naciones. Ella significa un progreso y afianza principios que el gobierno Argentino no vacila en acepta. Invitado para estudiar el proyecto en una "conferencia privada y enteramente sin caracter oficial" en razon de que los neutrales no intervendrian en las conferencias publicas, contesto : que aceptaba concurrir a la discusion general con el amplio espiritu y con el proposito de propender a la realizacion y estabilidad de la Sociedad de las Nacione, pero que no creia deber discutir sus bases en reuniones privadas, ni que debia mantenerse en distingo en beligerantes y neutrales, ya que esa Liga tendria por objeto establecer y regir la paz futura entre todas las naciones del mundo. El representante argentino en Paris expreso esos puntos de vista en las reuniones y aprobadas las bases generales, la Republica acaba de ser invitada a adherirse, debiendo concurrir a las sesiones publicas que tendran lugar para la organizacion definitiva de la Sociedad de las Naciones (Extracto del mensaje innaugural de las sesiones del Congreso el año 1918, capitulo dedicado a las relaciones Exteriores)

Instrucciones para la Delegacion Argentina ante la Sociedad de las Naciones si hubiera continuado en la Asamblea innaugurada

La Delegacion tendra presente como fundamentales los siguientes principios:

a) La igualdad de todos los Estados soberanos
b) El principio de la auto-determinacion de los pueblos
c) La libertad de los mares
d) La inviolabilidad de la propiedad privada en la guerra maritima
e) La restriccion del concepto de contrabando y adopcion de reglas precisas y uniformes al respecto
f) La declaracion de que los productos naturales del pais no deben calificarse como contrabando de guerra, pues sirven para satisfacer las necesidades normales y primordiales de la humanidad
g) La existencia de una moral internacional

Todas las cuestiones seran consideradas por la Delegacion dentro de las orientaciones generales de las presentes instrucciones y teniendo en cuenta los fines que persigue la Sociedad de las Naciones. Los puntos dudosos seran considerados por el Poder Ejecutivo de la Nacion. Estas instrucciones fueron aprobadas por el Excelentisimo Señor Presidente de la Nacion Hipolito Yrigoyen, en Buenos Aires, Capital de la Republica Argentina, a los siete dias del mes de octubre del año mil novecientos veinte.

miércoles, 30 de noviembre de 2011

GRAGEAS DE LA 1º PRESIDENCIA...






Creacion del Banco Central:
El 26 de junio de 1917 envia al Congreso de la Nacion el proyecto de ley que crea el Banco Central, como un simbolo de Soberania economica. Este anhelo de Hipolito Yrigoyen se llego a concretar en el año 1935, pero sometido a capitales foraneos. Solo en el año 1946 se nacionalizo, y asi tuvieron cuerpo los propositos de Hipolito Yrigoyen.



Creacion de la Flota Mercante:
El 23 de Abril de 1918, Hipolito Yrigoyen echa las bases de nuestra futura Flota Mercante, con la adquisicion del transporte "Bahia Blanca" de 13.000 toneladas, y en acuerdo de ministros decreta:
Articulo 1: Destinase la suma de pesos moneda nacional equivalente a la cantidad de 7.100.000 cortonas suecas al cambio correspondiente para hacer efectivo el pago.
Articulo 2: Autorizase al Departamento de Marina para que proceda a efectuar las reparaciones requeridas a fin de poner el buque en condiciones perfectas de navegabilidad , pudiendo invertir a ese objeto hasta la cantidad de 30.000 pesos moneda nacional.
Ariculo 3: Las sumas que se autorizan por el presente acuerdo se imputaran al mismo, debiendo oportunamente darse cuenta al Honorable Congreso de la Nacion.
Hipolito Yrigoyen   

Provincializacion de los Territorios Nacionales:
En otro orden de cosas importantes, Hipolito Yrigoyen auspicio la provincializacion de los territorios nacionales, en los cuales, mediante censos efectuados en el mes de Agosto de 1919, se arribo a la conclusion de que estaban en las condiciones previstyas por la ley para pasar a ser Provincias Argentinas.

Su preocupacion educativa:
Cuando Hipolito Yrigoyen asumio el gobierno en 1916 el indice de analfabetos era del 34 por ciento.
Esto mueve al Gobierno reparador de Hipolito Yrigoyen a enviar al Congreso de la Nacion el 9 de septiembre de 1919 el proyecto de edificacion escolar en toda la republica.
De esta manera, y gracias a su inquietud , nacen en el pais todo, 3.126 escuelas primarias, 37 institutos secundarios y 12 escuelas de artes y oficios, aumentando en un 50 por ciento la poblacion escolar, lo que trae el descenso considerable de analfabetos en edad escolar.

Defensa de la salud publica:
El 25 de octubre de 1919, Hipolito Yrigoyen envia al Congreso de la Nacion el proyecto de defensa de la salud publica, del cual transcribimos un parrafo que consideramos fundamental:
"Entre los asuntos cuyo estudio y resolucion es de urgencia impostergable, por parte de los poderes publico, se encuentra, en primer termino, la sancion de leyes protectoras de la salud y de la vida de los habitantes del pais, ya que ellos son el factor primordial preponderante de su bienestar y su progreso"

Ejecucion del Ferrocarril de Huaytiquina:
Por decreto del 12 de marzo de 1921 y expediente 4968-F.921 el Gobierno Nacional, en reunion de ministros, resolvio la ejecucion de las obras del Ferrocarril de Huayquitina, como una solucion a los ingentes problemas de los pobladores norteños, necesitados de trasladar sus productos elaborados a la republica de Chile.
Al finalizar el mandato de su primera presidencia Hipolito Yrigoyen en el año 1922, y al asumir la primera magistratura el Dr. Marcelo T. de Alvear, este dispuso la cesacion de los trabajos, que fueron concluidos en el año 1928, al asumin Hipolito Yrigoyen su segunda presidencia, por el ingeniero Manuel J. Claps.

Creacion de la Gendarmeria Nacional:
El viernes 11 de noviembre de 1921, por decreto Hipolito Yrigoyen, dispone la creacion de 10 cuerpos de Gendarmeria, una para cada territorio, sus efectivos estaban integrados de la siguiente manera: 10 Capitanes Jefes, 20 Tenientes, 40 subtenientes, 10 Sargentos 1ros, 120 Sargentos, 360 Cabos y 2480 Gendarmes.  

lunes, 28 de noviembre de 2011

CUANDO LA TAREA ES CICLOPEA , HASTA EL MAS ACERRIMO ENEMIGO SUCUMBE ANTE ELLA...


Peron y su 1º voto:
 "En 1916 tiene la oportunidad de votar por primera vez; esta circunstancia coincide con la instauración del ejercicio del voto universal, secreto y obligatorio en una elección presidencial....El 2 de abril de 1916 el teniente Perón deposita su voto: ha optado por la fórmula radical, integrada por Hipólito Yrigoyen y Pelagio Luna, que triunfa."

De discursos y frases:
"Hacia 1945, año clave de la historia argentina, precisamente el 24 de julio, pronunciará desde el balcón de su domicilio de la calle Posadas un clarísimo elogio a la figura de Yrigoyen; el 14 de diciembre de ese mismo año cerca del obelisco, en otro discurso dirá: ‘Mi política se inspira en la del ex presidente Yrigoyen, porque éste representaba la fuerza más pura de la política argentina’ y, finalmente, pocos días después en Jujuy explicará que ‘Deseo continuar la obra del señor Yrigoyen’.”


"El 8 de abril de 1953, el presidente Juan D. Perón, desde los balcones de la Casa Rosada, se dirige al pueblo en un discurso donde, notable e inapelablemente deja las cosas en claro sobre él e Hipólito Yrigoyen: “Yo en esa época era un joven y estaba contra Yrigoyen, porque hasta mí habían llegado los rumores, porque no había nadie que los desmintiera y dijera la verdad. Rodríguez Jáuregui se había robado el Consejo Nacional de Educación; el señor Clips parece que se desayunaba con durmientes de los Ferrocarriles del Estado; Benavides era también otro ladrón; el señor Rodríguez Yrigoyen era el que había hecho más plata en Buenos Aires con los pleitos del gobierno; Oyahanarte era dueño de medio Buenos Aires.
   Y, señores, llega la revolución del treinta, lo meten preso en Martín García a Yrigoyen, hacen unas investigaciones en las que les revisaron hasta los colchones a los que habían acusado de robo en el gobierno y a ninguno se le pudo probar absolutamente nada. Después, cuando Yrigoyen murió, todos decían ¡pobre viejo!, y un millón  de personas lo acompañó al cementerio; un millón que falto aquí, en la Plaza de Mayo, el día de la revolución.”

    "En 1971 en Madrid, todavía en su exilio y un año antes de su primer regreso, dejará claro por donde ha pasado el movimiento nacional en la política argentina: “Por eso en la Argentina ha habido una línea anglosajona y una línea hispánica. La línea hispánica ha sido la que siguió con la idea independentista, la otra es la línea colonial.
   Y en nuestro país, la línea nuestra es la línea que, diremos, de la Primera Junta, que era independentista, de Rosas, que defendió eso, de Yrigoyen, que fue otro hombre que defendió también eso. Y de Perón. Todos los demás gobiernos argentinos han pertenecido a la línea anglosajona y la han servido, de una manera directa o indirecta.”

"Preguntado sobre el valor de la persona de Yrigoyen, Perón responde:“En la medida que era un estadista independiente, un paisano de convicciones firmes, honesto, de esos que a uno le dan la mano y es como si firmaran un contrato, que empeñaba la palabra con mayor significación que un documento….En ese sentido clásico, debo aceptarlo como gran hombre.” 

" Señores: la historia, la religión y el idioma nos sitúan en el mapa de la cultura occidental y latina, a través de su vertiente hispánica, en la que el heroísmo y la nobleza, el ascetismo y la espiritualidad, alcanzan sus más sublimes proporciones. El Día de la Raza, instituido por el Presidente Yrigoyen, perpetúa en magníficos términos el sentido de esta filiación" 
Discurso de la Hispanidad,  12-10-1947

" General, óigase decir el 8 de abril de 1953, déjese ir hacia su pasado y oiga: "A Yrigoyen no lo echó abajo la revolución sino sus propios correligionarios. Esos que andan haciendo ahora discursos por ahí: ésos lo traicionaron...".
-¿No ven, muchachos? Al pobre viejo lo derrocó la oligarquía en alianza con los radicales. ¡Si hasta el propio Alvear, que era como hijo de Yrigoyen, brindó con champán cuando le dieron la noticia del derrocamiento! La gratitud humana es como el pájaro que pasa: no deja otro recuerdo que la bosta. -¿Usted lo admiraba, entonces?
-¿A Yrigoyen? ¡Claro que lo admiraba! ¡Si él pensaba lo mismo que pienso yo! -¿Por qué se metió entonces en el golpe?
-Porque me engañaron, muchachos. Me dijeron que el gobierno robaba, que tal ministro mantenía una querida vendiendo los durmientes del ferrocarril y que tal otro negociaba con los lápices del Consejo de Educación. Y el gobierno, calladito: nada decía. ¿Qué más pude haber hecho yo, un capitán de morondanga?"

De: Tomas Eloy Martinez "La novela de Peron".

" He leído algunos cables que pretenden presentarlo como enemigo del Peronismo. Nada más absurdo. Suponiendo fuera cierto que en 1951 haya estado ligado a un intento golpista, ¿que edad tenía entonces? Yo mismo, siendo un joven oficial, participé del golpe que derrocó al gobierno popular de Hipólito Irigoyen. Yo también en ese momento fui utilizado por la oligarquía."
Carta de Peron por la muerte del Che:  24 del 10 de 1967


"como en todas las luchas del ejército sanmartiniano y las montoneras gauchas del siglo pasado, en las luchas heroicas de aquellos inmigrantes que dieron su vida en los orígenes de nuestro sindicalismo y en el nacionalismo yrigoyenista. Así es que a través de ella, el pueblo argentino ha ido escribiendo en etapas su verdadera historia" 
De: "Montoneros: Hablan los Montoneros"


"Yo ignoraba la obra de Yrigoyen en favor del obrero y del desheredado en general, cuando pensé en escribir su biografía. Al enterarme de lo que hizo, y que ahora nos parece poco, lo admiré de veras" 
De Manuel Galvez : " Memorias Literarias, vol II" 


Queda asi demostrado, que hasta los seres mas excecrables que han pisado el suelo patrio, han tenido pequeños momentos de lucides , ante tan magna obra en aras de la democracia, los derechos de las masas y la bonomia a la hora de conducir los designios de la Argentina toda.

Agradecimientos : Alan Pavon y su "Historia y Doctrina de la UCR" 

domingo, 27 de noviembre de 2011

MANIFIESTO AL HACERSE CARGO DE LA PRIMERA PRESIDENCIA




                                                                                                     12 de Octubre de 1916

Ante la evidencia de estas horas supremas y decisivas el pensamiento se repliega  a contemplar el apostolado que laboro tramo a tramo, la consagracion plena de la obra reparadora.

En la fe y en la virtud de su vasta irradiacion se cruzaron muchas angustias, pasaron años de absorbentes fatigas y de inevitables incertidumbres, escrutando y afrontando lo que habia de rebelde o de inmodelable a la eficacia de sus justas finalidades.

Asi estuvo como el alucinado misterioso, que los refractarios motejaron de una devocion incomprendida, ostentandose siempre sin mirar hacia atras, soportando imperterrita las actitudes del destino, irreductiblemente identificada con la patria misma, serena auscultadora de sus anhelos e interprete fiel de sus imperiosas reinvindicaciones.

Y hoy estamos ante la efectividad gloriosa de tan enorme jornada y el encanto soñador se transformo en la realidad que nos hace sentir la magnifica verdad de la patria, dejando por fin de mirarnos peregrinos en su propio seno.

Como trascienden recien ahora los atributos nativos de la nacionalidad en la ejecutoria de los mas prominentes preceptos de la civilizacion humana!!!, como se comprende recien ahora las efemerides tan distintas de las que se celebraron con el mecanico automatismo de las simulaciones publicas!!!!, como parece el himno mas tonante en las vibraciones de su sentimentalidad y las muchedumbres mas nuestras ante los esplendores del patrio renacimiento!!!.

Justo es, entonces, que esta resurreccion , que pareciera imposible, llene de intenso regocijo el espiritu nacional que asumiera todas las contingencias de tan cruenta jornada, como si un dictado superior hubiera dispuesto que se fundiese en la mas indestructible solidaridad. 
Asumir la contienda reparadora, desde el llano a la cumbre, renunciando a toas las posiciones y resguardos del medio ambiente para remontar la abrupta montaña a pura orientacion de pensamiento, a puro vigor de virtudes y a pura entereza de caracter, y llegar a la cima pasando por sobre todos los poderes oficiales y las conjuraciones conniventes, es empresa que que no conciben los mediocres ni alcanzan los pigmeos y que ni siquiera comprendieron los grandes ni afrontaron los poderosos.

Tan magnas concepciones fueropn idealizadas por el genio de la revolucion, sentidas por el alma nacional y cumplidas con admirable excelsitud en una trayectoria de sucesos y de acontecimientos que culminaron todas las glorias de la patria.

Hipolito Yrigoyen

viernes, 25 de noviembre de 2011

EL CIERRE DE LA CAJA DE CONVERSION


                                                                                                                             Julio 13 de 1921

Al Honorable Congreso de la Nacion:

En conocimiento de que la Honorable Camara de Diputados tratara en breve un proyecto de minuta haciendo saber al Poder Ejecutivo que veria con agrado que este en virtud de los derechos y obligaciones designadas por las leyes nros. 9481, 9482, y 9506, disponga la apertura de la Caja de Conversion y permita la libre salida de oro existente en el pais , el Poder Ejecutivo considera llegada la oprtunidad de hacer conocer a su vez las razones de todo orden que lo deciden a mantener el regimen actual de conversion, representan no tan solo el esfuerzo concurrente de la economia y de la produccion del pais en sus relaciones de intercambio universal sino que constituyen la unica determinante  de la circulacion monetaria interna. De ahi los multimples aspectos que es menester contemplar para resolver el grave problema  que comprota modificar las condiciones en que actualmente se desenvuelve la vida economica de la nacion. El encarecimiento de la riqueza publica, el volumen de los negocios , la celeridad que reclaman las operaciones de la banca y del comercio, requieren la presencia de numerario en proporciones suficientes para desenvolverse con eficacia. La ausencia de un organismo emisor, destinado a regular el momento de la circulacion de acuerdo con las necesidades que el mercado demanda : el mecanismo de simple trueque que la Ley Nª 2741, confiere a la Caja de Conversion  y la carencia de leyes previsorias que permitan  la defensa de sus encajes con los recursos normales que la ciencia moderna aconseja, obligan a los poderes publicos a proceder con la mayor circunspeccion , para no provocar en horas de plena prosperidad un retroceso de consecuencia sensible al desarrollo de la labor nacional. El Poder Ejecutivo al recibirse del gobierno encontro al pais totalmente desprovisto de toda legislacion defensiva, no obstante la situacionb extremandamente precaria por que atravesaba en el orden interno y los efectos consiguientes de los hechos que en el mundo se producian; sin que hasta la fecha ese estado de insuficiencia legislativa notoria se haya reparado, por ley alguna. Solo una medida, en caracter de emergencia, encontro en el Poder Ejecutivo , que es la que se refiere a la Caja de Conversion, y de cuya aplicacion tiene conocimiento V.H. y se confirma por el presente mensaje.

El Poder Ejecutivo , en 1917, envio a V.H. un proyecto de ley propendiendo a la creacion de una institucion que, llenando esos fines y salvando las deficiencias  de las leyes actuales, permitiera desenvolverse a las actividades productoras del pais dentro de nlas mayores garantias de estabilidad. La situacion de guerra, creada a mediados de 1914, indujo a todas las naciones beligerantes y neutrales, a adoptar medidas defensivas de caracter transitoria las unas y permanentes las otras, destinadas a asegurar una circulacion monetaria garantida a base de mantenimineto de reservas en oro. La prohibiion de exportar metalico fue resuelta en todas ellas y en la mayor parte se mantiene todavia o la extraccion se realiza bajo severo control de los Poderes Publicos. Las leyes nros 9481, 9483y 9506, entre nosotros, auntorizaron al poder ejecutivo a a mantener clausurada la Caja de Conversion y a prohibir temporariamente  la exportacion de oro amonedado que, sin estar incorporado al regimen de la Caja de Conversion permanece en control de los Bancos Oficiales y particulares. El Poder Ejecutivo ha mantenido, hasta hoy, en todos sus terminos, las prohibiciones que la ley autoriza y en diversas oportunidades ha hecho conocer por conducto de sus secretarios de Estado, en el seno de ambas Camaras que no consideraba llegada la opportunidad de levantarlas hasta tanto no se sancionaran las leyes indispensables par5a contrarrestar las consecuencias posibles del regimen de la libertad de la economia interna y hasta que las repercusiones de caracter financiero, producidas por la guerra, no dejen de hacer sentir sus efectos en el mercado internacional de los valores.

Por otra parte, si fuera menester tyraer algun antecedente experimental al respecto, bastara recordar que ha muchos años se planteo la misma proposicion y que  los gobiernos, al resolverla en favor de la libre extraccion, la vieron desaparecer en un momento con la consiguiente desvalorizacion del medio circulante que origino los mas graves trastornos a la economia general. Exponer en estos momentos a las fuentes productoras a los efectos que fatalmente originarian la reduccion del medio circulante en el instante preciso en que el mercdo denuncia su escasez por el alza inusitada en el tipo de intereses, cuando ninguna razon de urgencia milita para ello, implicaria un acto de temeridad manifiesta. En cuanto a las consecuencias que el mantenimiento del actualk estado de cosas puede determinar, en los cambios internacionales, debemos esforzarnos en hacerlas desaparecer, mas por el procedimiento propuesto, por la intensificacion de nuestras exportaciones y por la limitacion de las importaciones a las necesidadesestrictamente de consumo. Es necesario no olvidar que la estabilidad y la seguridad en el valor de la moneda, constituye el principal factor de la prosperidad y del progreso de los pueblos. Con este convencimiento, el Poder Ejecutivo asumira todas las actitudes que ese concepto, le marqeu y considera que no llenaria su alta mision de gobierno, si no llamara la atencion de V.H. sobre las consecuencias de una sancion inoportuna, cuyas graves responsabilidades no desea compartir.

Hipolito Yrigoyen.

jueves, 24 de noviembre de 2011

DECRETO EN DEFENSA DE LA TIERRA PUBLICA


Sesion del 21 de Abril de 1917

Visto el etudio practicado por el doctor Isidro D. Maza, de los expedientes a que hace referencia en el informe precedente, del cual resultan comprobadas las irregularidades que motivaron el decreto del 28 de Marzo proximo pasado interviniendo la Direccion Nacional de Tierras y Colonias.

CONSIDERANDO:

Que la ley Nro. 4167, al autorizar la enajenacion de la tierra publica, prohibe en su Art. 2ª a toda persona o sociedad adquirir directamente o por transferencais anteriores al pago total del precio, mas de 20 mil hectareas en arrendamiento, con derecho a compra de un maximun de 10 mil hectareas, segun asi dispone el 9ª art. de la ley citada.
Que los arrendatarios esten obligados a explotar personalmente la tierra con ganados de su propiedad, conforme a lo establecido en el inciso 6, art 39 del Decreto Reglementario.
Que el contrato de arrendamiento es intransferible y el derecho de compra a la terminacion del arriendo es iguakmente personal y solo podra transferirse por via hereditaria , de acuerdo con lo dispuesto en nel inciso 5 del articulo antes citado.
Que los actos de simulacion comprobados, cometidos en fraude de la ley y en perjuicio de los intereses del estado , vician de nulidad insanable las conseciones y ventas otorgadas.
Que de acuerdo con lo disdpuesto en el  inciso 5ª , el contrato de arrendamiento quedara rescindido sin tarmite alguno, en cualquier momento en que se compruebe que ha sido cedido privadamente o que fue celebrado por interposita persona.
Que conforme al Art. 10 de la ley, la concesion o venta de tierra fiscal en que no se cumplan las dispposiciones de la ley y las que el Poder Ejecutivo establezca opdra ser declarada caduca, que dando las mejoras y sumas abonadas a beneficio del estado.
Que los altos fines a los que responden las proscripciones legales mencionadas resulten defraudados en las concesiones y ventas a que se refiere el precedente informe , agravado por el hecho de existir multiples peticiones individuales desestimadas , en que se solicitan lotes de tierra , para someterlos a la explotacion en las condiciones de la ley.
Que la venta o locacion de tierra de propiedadd de la Nacion , formando parte del tesoro publico , de acuerdo conm lo dispuesto en el Art. 4 de la Constitucion Nacional, cae bajo la jurisdiccion privativa del ejecutivo de la Nacion, quien al poder concederlas, debe rescatarlas cuando hubieren sido elegalmente concedidas , segun asimismo establecen las disposiciones legales antes citadas.
El Poder Ejecutivo de la Nacion decreta:

Art 1ª : Declarese rescindidos los contratos de arrendamientos a que se debe el precedente informe.
Art 2ª : Dejanse sin efecto los decretos mencionados, en cuanto reconocen cumplidas las condiciones de poblacion y demas obligaciones del contrato y ordena el otorgamiento de los titulos de propiedad solicitados.
Art 3ª Declarese caducas las ventas otorgadas que se indican en dicho informe, procediendose a anotar las inscripciones correspondientes en el Registro de la Propiedad, de acuerdo con lo dispuesto enm el presente decreto.
Art 4ª El Misiterio de Agricultura procedera a tomar posesion inmediata de la tierra motivo de esta resolucion y de las mejoras existentes en ella.
Art 5ª De acuerdo con lo dispuesto en las Arts 64 y 65 de la Ley Federal de fecha 14 de septiembre de 1863, pasen los antecedentes al Señor Fiscal Federal en turno, a fin de que promueva las acciones criminales que corresponden contra las personas que resulten comprometidas.
Art 6ª: Comuniquese , publiquese con el informe mencionado y dese al Registro Nacional.

Hipolito Yrigoyen.

martes, 22 de noviembre de 2011

POLITICA FERROVIARIA


Mensaje de veto en defensa de los Ferrocarriles del Estado

                                                                                         Buenos Aires, octubre 16 de 1920.

Al Honorable Congreso de la Nacion:

Tengo el honor de dirigirme a V. Honorabilidad, observando la Ley 11.106 en uso de la facultad que acuerda al Poder Ejecutivo, el articulo 72 de la Constitucion Nacional.
La sancion de V.H. subordina todo el plan de la ley a la organizacion de una compañia privada, que debera recibir en propiedad de la red actual de los denominados ferrocarriles nacionales, constituida por las lineas denominadas "Central Norte Argentino" , "Formosa a Embarcacion" y "Metan a Barranqueras" y sobre esa base negociar la fusion con la red del Ferrocarril Central Cordoba, Ferrocarril Cordoba y Rosario y Ferrocarril Central Extension a Buenos Aires, formando asi una compañia por acciones que se denominara "Ferrocarriles Nacionales".
Antes de entrar al estudio analitico de esa organizcion, cuya sola financiacion nos llevaria fatal e inevitablemente a perder no solo el dominio de los ferrocarriles del estado, sin compensacion alguna, sino el contralor de las tarifas de las empresas particulares, defensivo de la economia del pais, tan necesario para el desenvolvimiento de sus riquezas, el Poder Ejecutivo debe, reafirmar principios fundamentales que ya he tenido oportunidad de enunciar, y que informaran su criterio y definen lo que constituye su politica en materia ferroviaria y en todas aquellas actividades industriales afines con los servicios publicos, o que tiendan a mantener en poder del Estado la explotacion, de fuentes naturales de riqueza, cuyos productos constituyen elementos vitales del desarrollo general del pais, en los multiples aspectos que señalan los progresos de la vida moderna.

Afirma asi, el poder ejecutivo, como fundamental el desenvolvimiento social, politico y economico de la Nacion, el principio del dominio de los Ferrocarriles del Estado y de la extension de sus lineas.
Esa orientacion de gobierno es la unica que responde a los grandes sacrificios realizados por la Nacion para construir y conservar su red ferroviaria y cualquier combinacion que nos llevara a fusionar  nuestro sistema actual, haciendo participe a cualquier otra compañia como asociada del Estado, resultaria siempre en beneficio exclusivo de la compañia particular, dado que las lineas complementarias a construirse del sistema de los ferrocarriles del estado, son las destinadas a proporcionar un trafico intenso, sirviendo las zonas mas ricas de la Republica  y dando salida por el litoral, al interior y al norte, con grandes  ventajas economicas en la explotacion de sus fuentes naturales de riqueza.

Aparte de estas cosideraciones que de suyo abonan la resistencia del Poder Ejecutivo, a la promulgacion de esta ley, abe hacer notar a V.H. que ella vendria a perturbar la accion de la reconstruccion, moralizacion y estimulo emprendida por el Poder Ejecutivo, sobre las lineas del estado, no obstante las dificultades que se le han presentado a cada instante y que ha debido vencer, empeñado en ello toda su patriotica consagracion.

Los Ferrocarriles del Estado fueron recibidos por el poder ejecutivo, en una situacion de desquicio, despilfarro y perversion tal , que le han demandado grandes esfuerzos tendientes a su mejoramiento y reorganizacion.

Dentro del concepto general de gobierno,aceptado por las naciones mas progresistas, que se confrima y acentua cada vez mas en la actualidad del mundo, el Estado debe adquirir una posicion cada mas preponderante en las actividades industriales que respondan principalmente a la realizacion de servicios publicos y si en alguna parte estas actividades deben sustituirse en lo posible a las aplicaciones del capital privado, en los paises de desarrollo constante progresivo, como el nuestro, donde el servicio publico de la naturaleza del que nos ocupa, ha de considerarse principalmente como un instrumento de gobierno con fines de fomento y progreso de las regiones que sirven.

Si hubieramos , entonces, de aceptar la tendencia que define la sancion de V.H. , tendriamos que renunciar a considerar el ferroarril como un medio de impulsar el desarrollo de la vida economica de ciertos estados de la Republica con detrimento evidente de una especie de mejoramiento, la seguridad de su subordinacion a las exigencias, siempre crecientes del capital privado, que trata, por definicion, de ser retribuido en la forma mas amplia. No habria, entonces , la posibilidad siquiera de llenar el fin primordial a que debe responder la ley de que se trata, dentro del concepto de solidaridad nacional a que ella debe tender , desde que volvieramos a las horas aciagas que le ha tocado vivir al pais bajo el regimen de las concesiones garantidas, que en sus abusos lo llevaron al borde de la ruina, retardando por muchos años el desarrollo de sus grandes progresos.
Entrando al concepto de la financiacion que la sancion de V.H. plantea , el Poder Ejecutivo , debe dejar bien en establecido que la forma ideada para la organizacion del capital a emplearse, con el interes que se fija a las obligaciones y el que devengue durante el periodo de construccion con hipoteca de las lineas, seria tan oneroso para los intereses que tiene a servir, que haria imposible el desarollo, en condiciones favorables de las zonas comprendidas en el plan de construccion que la misma sancion dispone. gravitando sobre las rentas generales los considerbles deficit que esa explotacion impondria para que un dia el Estado, cuya garantia subsidiaria se establece en esa financiacion, se vea obligado a entregar esa parte de su valioso patrimonio a la explotacion privada, sin defensa posible de las regiones de la Republica servidas por esas lineas.
El plan del Poder Ejecutivo, expresado oportunamente a V.H. y sobre el cual la H. Camara de Diputados se pronuncio unanimemente en su favor, es el que verdaderamente consulta las posibilidades de llevar a cabo el programa de construccion de obras publicas para responder a los fundamentales intereses de las provincias, que dichas obras publicas tienden a fomentar.

En consecuencia , el Poder Ejecutivo juzga que la ley sancionada por V.H. , entraña un verdadero despojo de uno de los primoridiales factores de prosperidad del pais, como son los ferrocarriles , e implica el retardo y acaso malogramiento del proposito determinante del gobierno en el sentido de llevar lo mas rapido posible, todos los beneficios de los ferrocarriles a los pueblos y zonas de la Republica donde sus riquezas permanecen estancadas sin perspectiva de que se las incorpore al desenvolvimiento general de la nacion.

El Poder Ejecutivo, considera que la sancion de V.H. , comportaria un verdadero desastre para la seguridad de los bienes del Estado, y el desarrollo progresivo del pais, acusando en todo sentido la prolongacion de los procedimientos del pasado en vez de la renovacion reparadora del presente.

                                                                                                                                        Hipolito Yrigoyen

lunes, 21 de noviembre de 2011

HIPOLITO YRIGOYEN DONA SUS SUELDOS COMO PRESIDENTE...






A la Presidenta de la Sociedad de Beneficencia Nacional, señora Elena Napp de Green: (1916)
"Distinguida señora : Una imposicion nacional ha hecho que mi nombre figure en la formula con la que el pueblo argentino concurrira a los comicios generales de la Republica, buscando la reparacion moral y politica a que esta consagrado.
Ante esta sancion publica deseo, cuando menos, por impulso de mi fuero intimo, poner en conocimiento de la Sociedad de Beneficencia, tan dignamente presidida por usted, que si llegara al ejercicio de tales funciones, desde ahora renuncio los emolumentos correspondientes a todo el periodo gubernativo, en favor de las instituciones de misericordia que mas lo requieren.
Con este motivo tengo el agrado de saludar a usted con mi mas respetuosa consideracion."

Hipolito Yrigoyen.

Esta renuncia a sus emolumentos se repite con motivo de su segunda candidatura:
                                                                                                                Buenos Aires, marzo 24 de 1928

Señora Maria Unzue de Alvear, Presidenta de la Sociedad de Benficencia de la Capital:
"Distinguida señora: Una nueva imposicion nacional me ha puesto en el caso de aceptar mi candidatura a la Presidencia de la Nacion y deseo poner en conocimiento que si llegara al ejercicio de esa funcion publica, renunciare, desde luego, a los emolumentos correspondientes a dicho cargo, en favor del infortunio desvalido y de la pobreza sin amparo, distribuyendolos bajo el patrimonio de la sociedad que usted dignamente dirige.
Con tal motivo, tengo el agrado de saludar a usted con mis mejores consideraciones."

Hipolito Yrigoyen

domingo, 20 de noviembre de 2011

DE LA REFORMA UNIVERSITARIA...



"El regimen universitario necesita asimismo modificar su ambiente en cuanto a los metodos de gobierno, administrativo y enseñanza, rompiendo los viejos moldes a efectos de evitar la contemplacion en pocas manos y sin solucion de continuidad del manejo de los respetables intereses encomendado a esas instituciones, dando intervencion en la seleccion de autoridades directivas y cuerpos docentes a todos los elementos constitutivos que los componen."

(Del mensaje de Apertura de Congreso, del año 1918, capitulo referido a la Instruccion Publica)


"Los institutos universitarios han recibido y sentido desde el año proximo pasado la saludable influencia de las reformas iniciadas en sus estatutos.
El espiritu nuevo que los impulsa y guia, por imperio de la reforma, apenas comenzada ha producido ya un evidente mejoramiento en el regimen de su gobierno, en la organizacion de sus cuerpos directivos, en la orientacion de su docnecia y en la tecnica de sus metodos de enseñanza, desenvolviendose dentro de normas liberales y francamente democraticas, cual corresponde a las exigencias renovadoras de la civilizacion Argentina."

(Del mensaje de Apertura del Congreso, año 1919, capitulo referido a la Instruccion Publica)

sábado, 19 de noviembre de 2011

CIRCULAR A LOS GOBERNADORES DE PROVINCIA SOBRE LA PUREZA DEL SUFRAGIO



Buenos Aires, 6 de marzo de 1922:

Excelentisimo señor Gobernador de la Provincia:

La renovacion de los mas altos poderes electivos nacionales pondra en breve en ejercicio la primordial prerrogativa de la vida democratica, al expresar en el comicio la voluntad de los pueblos, fuente de toda soberania y base indispensable de todo Gobierno Republicano.

Un acto de tanta trascendencia, que afecta la existencia misma de nuestra organizacion politica, exige que se le rodee de las mas amplias garantias para que el veredicto de las urnas pueda merecer el respeto de las tendencias en lucha y el acatamiento de todos los estados de la Republica, constituyen un compromiso de honor que vincula a pueblos y gobiernos para culminar la obra aprendida con la consagracion definitiva del Sufragio libremente pensado y honradamente emitido.
Con este concepto de la mision historica que le corresponde llenar, el Gobierno de la Nacion, surgido de los comicions memorables que han marcado tan profunda evolucion de nuestros metodos politicos, considera necesario llevar en estos momentos, su palabra de advertencia y estimulo a todos los mandatarios del pais.
Los pueblos de la Republica van a pronunciarse una vez mas sobre la orientacion de sus propios destinos, llenando las funciones  civicas en cumplimiento de deberes, de derechos consagrados por leyes de la nacion, que el gobierno federal corresponde hacer cumplir porm propia autoridad y por intermedio de los Gobiernos que son sus agentes naturales.

Al dirigirme pues, a Vuestra Excelencia ante la proximidad de este grandioso acto civico, no es para formular simples aspiraciones o anhelos de mejoramiento politico, sino ratificar ante el pais el invariable proposito de este gobierno de conservar y enaltecer celosamente las conquistas democraticas alcanzadas, poniendo a su servicio todo el prestigio y el poder de la Nacion.
Para la realizacion de tan altas finalidades, el Ministerio del Interior estara atento a todas las solicitudes o indicaciones de las autoridades de los partidos y de los cuidadanos que tiendan a perfeccionar los procedimientos electorales; y llevara la autoridad y su accion a donde quiera que se oponga un obstaculo a la efectividad de las consagraciones publicas.
Es necesario extinguir hasta los ultmos resabios de las perversiones del pasado; y para ello deberan ser amparadas, con la mayor rectitud, todas las justas reclamaciones, solucionando las dificultades que obstaculicen el libre acceso al comicio y evitando todos los conflictos que puedan apasionar los animos de las agrupaciones en lucha, y provocar sucesos dolorosos que deben desaparecer para siempre en las practicas de nuestra democracia.
Hoy, las leyes afianzan su imperio; y en verdad prevalecen sobre los actos de violencia y las maniobras del fraude, que constituyen un sistema bajo el regimen, condenado por el pueblo argentino, que ha comprobado reiteradamente la capacidad politica que le negaron los detentores del poder del pasado, para usurparles sus derechos y perpetuar ilegitimos predominios.
Todo debe disponerse, pues, cuidadosamente para que la libertad electoral, ampliamente asegurada, impulse a los cuidadanos al cumplimiento de su ejercicio.

Este gobierno, que ha dedicado sus mayores esfuerzos a cimentar en el pais la probidad politica, espera que su ejemplo han de seguirlo sin reservas del Gobiernos de Provincia, para que los proximos comicios sean escenarios abiertos a la contienda franca y leal de todas las opiniones.
En tal concepto y para efectividad de tan alto proposito puede Vuestra Excelencia contar con todo el apoyo del poder ejecutivo nacional, que anhela vivamente solidarizar la accion de los pueblos y gobiernos en el patriotico ideal de afianzar el imperio de nuestras instituciones republicanas, para asegurar a la patria la realizacion de sus grandes destinos.

Hipolito Yrigoyen.

viernes, 18 de noviembre de 2011

DE HIPOLITO YRIGOYEN A HERBERT HOOVER:

" Sr. presidente: sumamente complacido por tan feliz oportunidad, sugerida por Ud. la que reaviva en mi espiritu las entrevistas celebradas en ocasion de su visita, durante la cual coincidimos en nuestros juicios acerca de la forma enque deben ser encarados y resueltos los problemas internacionales de acuerdo con los inmutables principios que son fundamentos eticos de la creacion universal; y llenos de satisfaccion por sus generosos recuerdos, asi como Ud. en que este nuevo medio de comunicacion (el telegrafo) sera un factor mas en la expansibilidad comunicativa de nuestras naciones.
PERO TENGO QUE DECIRLE, CADA VEZ MAS ACENTUANDO MI CONBVENCIMIENTO, QUE LA UNIFORMIDADA DEL PENSAR Y DEL SENTIR HUMANOS, NO HA DE AFIRMARSE TANTO EN LOS ADELANTOS DE LAS CIENCIAS EXACTAS Y POSITIVAS, SINO EN LOS CONCEPTOS QUE COMO INSPIRACIONES ECLECIALES, DEBEN CONSTITUIR LA REALIDAD DE LA VIDA, PUESTO QUE , CUADNO CREIAMOS QUE LA HUMANIDAD ESTABA COMPLETYAMENTE ASEGURADA BAJO SUS PROPIAS GARANTIAS MORALES FUIMOS SORPRENDIDOS POR UNA HECATOMBE TAL, QUE NADA NI NADIE PODRIA REFERIRLA EN TODA SU MAGNITUD.
POR LO QUE SISTETIZO, SEÑOR PRESIDENTE, ESTA GRATA CONVERSACION, REAFIRMANDO MIS EVANGELICOS CREDOS, DE QUE LOS HOMBRES SON SAGRADOS PARA LOS HOMBRES, Y QUE LOS PUEBLOS SON SAGRADOS PARA LOS PUEBLOS Y EN COMUN CONCIERTO RECONSTRUIR LA LABOR DE LOS SIGLOS, SOBRE LA BASE DE UNA CULTURA Y DE UNA CIVILIZACION MAS IDEAL, DE MAS SOLIDA CONFRATERNIDAD Y MAS ARMONIA CON LOS MANDATOS DE LA DIVINA PROVIDENCIA.
Muy calurosos saludos señor presidente"

Pasados escasos minutos , un nuevo enlace desde USA permitio a Hoover expresar al Dr. Hipolito Yrigoyen la gratisima impresion que causaron entre los funcionarios presentes las palabras cargadas de tanta sabiduria...

jueves, 17 de noviembre de 2011

LEY ORGANICA DEL PETROLEO


Buenos Aires, 22 de Octubre de 1929.
Al honorable senado de la nacion:

El poder ejecutivo se permite dirigirse a Vuestra Honorabilidad para llamarle especialmente la atencion acerca de la necesidad de avocarse de inmediato a la consideracion de un asunto que por su trascendencia fundamental, contituye uno de los problemas de mayor importancia, que durante los ultimos años haya sido planteado a la deliberacion del poder legislativo.
Me refiero a los proyectos de ley sobre nacionalizacion de los Yacimientos Petroliferos fiscales y monopolio de su explotacion por el Estado, que desde el año 1927 se encuentran en estudio de Vuestra Honorabilidad sancionados ya por la Camara de Diputados e incluidos en el Poder Ejecutivo en el decreto de prorroga de sesiones de Honorable Congreso.

No pueden pasar inadvertias a Vuestra Honorabilidad , las causas determinantes de la legislacion proyectada ni la urgencia de incorporarla al derecho positivo del pais, tanto para uniformar las disposiciones vigentes sobre la materia, como para unificar el dominio de la gran riqueza con que la naturaleza ha dotado al subsuelo de la Republica, a fin de que su utilizacion sera como debe serlo, una fuente de prosperidad colectiva y un factor poderoso de bienestar para la poblacion.

Las leyes mineras nacionales, coincidentes con principios del derecho civil adoptados por nuestro codigo, fueron dictadas en una epoca en que no podia sospecharse el valor economico y la importacnia social que adquiririan en lo futuro los aceites minerales o hidrocarburos industrializados y puestos en el comercio.

De ahi que no introdujera una excepcion dentro del regimen legal adoptado a las substancias naturales existentes en el subsuelo, distribuyendo su dominio entre la Nacion y las Provincias en concordancia con su soberania politica, lo que significa entregar la direccion de los enormes intereses de orden relacionados con el petroleo, al criterio administrativo multiple cambiante, y frecuentemente contradictorio de catorce jurisdicciones, ademas de la jurisdiccion federal. Es suficiente enunciar ese estado de cosas paa comprobar sus graves inconvenientes y concesiones por alguos gobiernos provinciales, cuyas inconsultadas medidas siscitaran tan justificadas inquietudes y que, revocadas mas tarde por el cambio de pensamiento emergente de la renovacion de los poderes locales, han dejado tras de si secuela de conflictos sometidos actualmente a la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion.

Apenas necesito recorda a V.H. que los proyectos sancionados por la Camara de Diputados y enviados a ese cuerpo, no solo tienenden a reparar las consecuencias economicamente nocivas del regimen, verdaderamente anarquico, sino que aspiran en primer termino, con prevision patriotica, a impedir que esa riqueza se pierda imprudentemente, por negligencia indiscutible y que lejos de constituir un beneficio publico se convierta en una causa de intranquiliad para la marcha regular de nuestra vida interna.
El pais ha acumulado amargas experiencias sobre el manejo desordenado e imnprevisor de las riquezas naturales que formnan parte del patrimonio de Estado. Basta recordar lo acontecido con la tierra publica, cuya historia desastrosa mantiene una acusacion ileantable sobre los Gobiernos del pasado, y que fuera enajenada a precios viles sin plan ni conociemiento; substrayendola a sus inconvenientes destinos economicos para hacerla servir de base a los extraordinarios enriquecimientos privados que se obtuvieron a espensas de la fortuna nacional, para sentir la aspiracion fervorosa y el proposito inquebrantable de que no sea igualmente malograda la segunda gran riqueza con que losmandatos de la divina providencia han querido favorecer a nuestra tierra privilegiada.

A fin de evitar que se repita lo ocurrido con el suelo fiscal y conservar los beneficios del petroleo para el pueblo de la Republica, es menester organizar un regimen legal que consulte las exigencias del interes de la Nacion, poniendo en manos del estado el dominio efectivo de los Yacimientos Petroliferos y confiriendoles el monopolio de su explotacion y comercializacion.

Los memorables debates sostenidos en la camara de diputados durante el periodo parlamentarioa de 1927, han fijado los fundamentos juridicos, politicos y economicos de las saciones que se encuentran a estudio de V.H. y uya conversion en leyes solicito en resguardo de las mas sagradas conveniencias del pais.

No incurrire en la prolijidad de reeditar en este mensaje las propocisiones sostenidas entonces por los representantes del mismo movimiento de opinion q actualmente gobierna la republica y que el poder ejecutivo sustenta en concordancia absouta con esos conceptos, propositos y aspiraciones.

No abrigo la menor duda de que V.H. compartira los puntos de vista espuestos, reconociendo que este requerimiento fluye de los mas puros y elevados entimientos de solidaridad con los intereses eminentemente nacionales que consulta y ampara la nueva legislacion sobre Yacimientos Petroliferos.
Hipolito Yrgoyen.

miércoles, 16 de noviembre de 2011

LAS PRINCIPALES LEYES DE INTERES PUBLICO DE LA 1º PRESIDENCIA:



Ley 10.240- Reglamentando el sistema de elecciones municipales en la Capital Federal-4 de Agosto de 1917
Ley 10.505- Reglamentando el trabajo a domicilio-27 de Septiembre de 1918
Ley 10.650- Jubilacion de empleados y obreros ferroviarios-24 de Abril de 1919
Ley 10.861- Creando la Universidad del Litoral en la provincia de Santa Fe-27 de Septiembre de 1919
Ley 10.903 Creando el patronato de menores- 29 de Septiembre de 1919
Ley 11.110-Jubilacion de empleados y obreros de empresas particulares de Servicio Publico-27 de Septiembre de 1920
Ley 11.156- Ley de Arrendamiento y Alquileres-15 de Septiembre de 1921
Ley 11.137- Ley de la Caja Nacional de Ahorro Postal-4 de Agosto de 1921
Ley 11.163- Ley de prestamos para edificacion para jubilados ferroviarios-13 de Octubre de 1921

El 24 de Junio de 1918 envia al Congreso el proyecto de reforma a la ley de descanso dominical, que modifican las leyes Nros. 4.661-9.104 y 9.105, que reglamentan la interrupcion de la jornada y descanso de los obreros.
El 19 de Mayo de 1919 envia al congreso el proyecto de Asociaciones Profesionales y Contrato Colectivo de Trabajo, aclarando en su parte fundamental lo siguiente:
" El Contrato Colectivo de Trabajo es una convencion celebrada entre patrones y obreros sobre las condiciones de trabajo y salario. Esta convencion rige para todas las partes en todos los contratos de trabajo que se celebren"